Este martes arrancó la campaña de la Renta con importantes novedades para las familias. El final de la tributación por las prestaciones de maternidad y paternidad, el aumento de las deducciones para familias numerosas o gastos de guardería y la reducción de cuota para las rentas bajas son algunas de estas novedades, en una campaña en que se prevé que se presenten unos 20 millones de declaraciones y que el 70% de ellas salga a devolver.

Principales novedades para las familias

  • Tras la sentencia del Supremo del pasado mes de octubre, los ingresos correspondientes a las prestaciones de maternidad y paternidad cobrados en 2018 están exentos del pago del IRPF. Por lo tanto, no sólo no se deben incluir en la declaración de la renta sino que se pueden reclamar, siempre que hayan sido abonados en los años que no han prescrito fiscalmente.
  • La deducción por maternidad se incrementa en 1000 euros anuales -adicionales a los 1.200 euros anuales que ya estaban en vigor- cuando el contribuyente sufrague gastos de custodia en guardería o centros de educación infantil autorizados. Pero para acogerse a esta deducción deberán tener hijos menores de tres años a su cargo y realizar alguna actividad.
  • Se amplia la deducción por familia numerosa, hasta 600 euros anuales, por cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa que exceda del número mínimo de hijos, es decir, a partir de cuatro.
  • Se incrementan los límites exentos de las becas públicas y de las concedidas por entidades sin fines lucrativos para cursar estudios reglados a partir del 1 de enero de 2018. Con carácter general están exentos hasta el segundo ciclo universitario hasta 6000 euros anuales y para el tercer ciclo 21.000 euros.
  • Se establece una deducción por cónyuge con discapacidad a cargo. Los presupuestos establecen una deducción de 1.200 euros anuales, que en 2018 solo se aplicará en los meses de agosto a diciembre, con lo que la deducción máxima será de 500 euros.
  • Nueva deducción para los contribuyentes que tengan el resto de la unidad familiar en otro Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, de manera que la cuota se equipara a la que tendría si todos residieran en España.

Nuevas deducciones para trabajadores, empresarios y autónomos

  • Los contribuyentes con rendimientos del trabajo procedentes de dos pagadores inferiores a 12.643 euros no están obligados a declarar. Sin embargo, sí deberán presentar la declaración si quieren recibir una eventual devolución.
  • Los contribuyentes con rentas inferiores a los 16.825 euros se beneficiarán de una reducción de su cuota. Según los Presupuestos de 2018, esta reducción asciende a 5.565 euros anuales para quienes ingresan menos de 13.115 euros y una cantidad proporcional a esta cifra para quienes ganan entre 13.115 y 16.825 euros, si bien este ejercicio la reducción solo tiene efecto a partir del 5 de julio de 2018, por lo que la cantidad final se verá reducida en función de una serie de ajustes.
  • Los contribuyentes que inviertan en empresa de nueva creación podrán deducirse un 30% de los importes, con una base máxima de deducción de 60.000 euros (hasta ahora era el 20% del importe con una base de 50.000 euros).
  • Los vales de comida desde el 1 de enero de 2018 elevan la cuantía diaria exenta de 9 a 11 euros diarios.
  • Para los autónomos la novedad de esta campaña es que, además de agua, luz, teléfono o internet, este año también pueden deducirse algunos gastos en restauración y hostelería.
  • Las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla disfrutan de una deducción el 60% (hasta ahora era del 50%).

En esta campaña, que arrancó el 2 de abril, la fecha límite para presentar las declaraciones y beneficiarse de todas estas novedades, en el caso de domiciliación bancaria es el 26 de junio, mientras que el 28 de ese mismo mes es el último día para solicitar cita previa para atención telefónica o en oficinas. El plazo de la Campaña de la Renta 2018-2019 finalizará el 1 de julio.

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